La Magistratura Constitucional razona que en el caso concreto hubo una intervención del juez de garantía y el imputado pudo defenderse ejerciendo los derechos que le asegura el Código Procesal Penal. En control preventivo la norma se declaró constitucional en el entendido de que las personas a que ella alude son aquellas respecto de las cuales existe un auto de apertura del juicio oral firme o ejecutoriado. (Rol N° 2.152), mismo criterio aplicado en el Rol Nº 14.156.
Pena aflictiva
La sola acusación por delito que merece pena aflictiva no basta para entender suspendido el derecho a sufragio, se requiere que el auto de apertura del juicio oral se encuentre firme o ejecutoriado
Normas que regulan los efectos de la suspensión del derecho a sufragio de concejales o alcaldes, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
Se debe incorporar al padrón electoral a elector que ya ha cumplido su pena la que además no era una pena aflictiva.
Procede el cambio de apellidos de una persona que fue condenada penalmente, si los ilícitos no traen aparejada una pena aflictiva.
El tribunal de primera instancia rechazó la solicitud de cambio de apellidos, aduciendo la existencia de dos condenas en el registro de anotaciones penales del actor y que no había cumplido el plazo de 10 años que exige la ley para optar a la modificación nominal.
Senadores ingresan proyecto de reforma constitucional que deroga el numeral segundo del artículo 16 de la Constitución.
Elimina la suspensión del derecho a sufragio de las personas que se hallen acusadas por delitos que merezcan pena aflictiva o por delito que la ley califique como conducta terrorista.
Diputados ingresan proyecto de reforma constitucional que prohíbe la sustitución de penas privativas de libertad para los acusados que sean condenados por crímenes o simples delitos contra las personas.
Prohíbe optar al beneficio de sustitución de las penas privativas de libertad, a quienes resultaren condenados a pena aflictiva por delitos contra las personas.
TC declara admisible inaplicabilidad pretendida por ex asesor de MEO en juicio en el que Tribunal ordenó suspender su derecho a sufragio, al ser acusado por delito que merece pena aflictiva en “Caso SQM”.
Luego de que la Sala designada por el Presidente del TC declara la admisibilidad del requerimiento deducido, le corresponde al Tribunal Pleno, en definitiva, emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.