El máximo Tribunal anuló una condena por tráfico de estupefacientes, y en su lugar, condenó a la imputada por el delito de tráfico en “pequeñas cantidades”, al estimar -en su contexto- que al momento de la incautación los agentes pesaron la droga en estado húmedo y al interior de sus contenedores, lo que arrojó un aumento en la cantidad de droga encontrada a la acusada, que no se condecía con la real cantidad de estupefacientes que poseía.
Pequeñas cantidades
Venta de droga en inmueble habilita a Carabineros a ingresar al domicilio y registrar el lugar.
Vender droga desde el interior de un inmueble es un indicio que habilita a Carabineros la entrada y registro del lugar.
Mantener papelillos de pasta base guardados junto con la cédula de identidad en un banano que al abrirlo la imputada se observa que contiene droga es un indicio suficiente que habilita a Carabineros a practicar un control de identidad.
Entrega de paquete transparente color verde a cambio de suma de dinero, es una actitud que califica como indicio habilitante para que la policía realice un control de identidad.
Observaron a la acusada -que se ajustaba a la descripción hecha por un denunciante anónimo-, mientras se aprovechaba de su condición de comerciante ambulante para vender pitos de marihuana en un concurrido sector de la ciudad de Viña del Mar, actuar constitutivo de un indicio suficiente para los agentes realicen un control de identidad y que daba muestras de que se “podría” estar cometiendo el delito de microtráfico.
Olor a cannabis percibido durante control vehicular es un indicio que habilita a Carabineros a controlar la identidad y registrar al imputado.
Además, los agentes dieron cuenta que el acusado mantenía pendiente una orden de detención emitida por el Juez de Garantía de Rancagua, por lo que el “olor a marihuana” no fue la única circunstancia en que se fundó el control y posterior registro del acusado, encontrándose en su poder papelillos de cocaína y marihuana dispuestos para su comercio.
Entregar “envoltorios de papel” y recibir un billete a cambio no es un acto neutro, resuelve la Corte Suprema.
El acusado quiso revertir una condena de tráfico en pequeñas cantidades, acusando que fue controlado y detenido por efectuar el acto neutro de poseer dinero en efectivo, mientras se encontraba con dos sujetos que portaban droga, idea que fue desechada por la magistratura al estimar que dicho acto “neutro” debía apreciarse en conjunto con el resto de circunstancias observadas por Carabineros, las que llevaron al tribunal al convencimiento de que el recurrente efectuaba una actividad criminal.
Condena a acusado que se disponía a arrojar droga con una resortera hacia el interior de una cárcel, se confirma por la Corte Suprema.
El imputado fue detenido en un sitio eriazo contiguo al recinto penal de Huachalalume -en la Cuarta Región-, portando una honda y diversas esferas contenedoras de cocaína y marihuana, las que se disponía a arrojar al interior del predio, para ser consumidas por los reos del lugar.
Entregar “unos papeles cuadriculados” a terceros en un sector de la ciudad conocido por el tráfico de drogas no es un acto neutro, resuelve la Corte Suprema.
La imputada fue sorprendida por Carabineros vendiendo papelillos de pasta base en un sector de la ciudad Chillán conocido por el tráfico de estupefacientes, e intentó revertir la condena al sostener que fue castigada por realizar un acto neutro consistente en la entrega de dos papeles cuadriculados a terceros, argumento desestimado por el máximo Tribunal que respaldó la labor policial.
Estado de ebriedad en la vía pública habilita a Carabineros a detener y luego registrar al imputado, resuelve al Corte Suprema.
La recurrente fue detenida totalmente ebria, mientras causaba desórdenes en la vía pública. Mientras estaba en la comisaría para completar el procedimiento respectivo de la Ley de Alcoholes, personal policial registró su cartera y encontró 132 gramos de marihuana, poniendo a la encartada a disposición de la justicia por el delito contemplado en el artículo 4º de la Ley Nº20.000.
Entrega de un sobre transparente luego de recibir una suma de dinero es un indicio que autoriza a Carabineros a controlar la identidad del imputado.
El recurrente intentó anular la condena alegando que el acto observado por los agentes policiales era neutro, y no podía desprenderse de aquel la comisión de un delito, argumento desechado por el máximo Tribunal luego de observar que la entrega de un “papelillo” a cambio de una suma de dinero, y la posterior huida del acusado al notar la presencia de Carabineros, son indicios habilitantes para controlar la identidad del encartado.
Olor a marihuana percibido durante control vehicular, es un indicio que habilita a Carabineros a efectuar control de identidad.
El acusado viajaba de copiloto en un vehículo que fue fiscalizado por Carabineros, momento en que uno de los funcionarios percibió el hedor a cannabis y vio al imputado desprenderse de una bolsa que contenía marihuana, indicios suficientes para efectuar un control de identidad a todos los ocupantes del vehículo en atención al artículo 85 del Código Procesal Penal.
Intervención de agente revelador que compró droga a la imputada no es contraria al debido proceso, resuelve la Corte Suprema.
La policía envió al funcionario luego de observar a una persona salir con “unos sobrecitos blancos” desde la casa de la acusada, que al ser registrada con posterioridad tenía en su poder papelillos de pasta base y dinero en efectivo producto de la venta de los estupefacientes.
Carabineros está autorizado para controlar la identidad de dos personas que aparentan una transacción de drogas, para descartar o confirmar dicho indicio.
El acusado intentó anular el fallo, indicando que la conducta de entregar un paquete y recibir dinero por ello constituye un acto neutro, pero el máximo Tribunal, en cambio, determinó que los agentes que detuvieron al imputado actuaron amparados en el artículo 85 del Código Adjetivo, pues luego de observar la presunta transacción de droga, se acercaron a verificar la efectividad de dicho indicio.