Pérdida de la nacionalidad

Dinamarca puede revocar la nacionalidad por falta de vínculo efectivo con el país, aunque si ello implica la pérdida de la ciudadanía de la Unión Europea se debe hacer observancia del principio de proporcionalidad.

Si bien la determinación de los modos de adquisición y pérdida de la nacionalidad es, de conformidad con el Derecho internacional, competencia de cada Estado miembro, el hecho de que una materia sea competencia de los Estados miembros no obsta para que, en situaciones comprendidas en el ámbito del Derecho de la Unión, las normas nacionales de que se trate deban respetar este último Derecho.

9 de septiembre de 2023

Azerbaiyán vulneró los derechos de un periodista al privarlo de su nacionalidad mediante una orden presidencial no susceptible de impugnación.

4 de agosto de 2023
La normativa nacional disponía explícitamente que las órdenes del presidente de Azerbaiyán no eran actos jurídicos normativos. Por lo tanto, la orden presidencial, que privó al actor de su nacionalidad, no pudo ser impugnada ante el Tribunal Constitucional. Tampoco pudo ser impugnada en sede administrativa, ya que el mandatario no era un órgano administrativo. Además, ni siquiera se le proporcionó una copia de la orden.