A reclusa con 35 semanas de embarazo y alto riesgo de gestación se le sustituye la pena de presidio por la de reclusión domiciliaria total, resuelve Corte de Valparaíso.
Si bien en la legislación nacional no hay precepto que autorice expresamente la sustitución, las razones que motivan la solicitud de la amparada deben atenderse por mandato de la Constitución, en cuanto es deber de los órganos del Estado respetar y promover los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana, garantizados por la Constitución, “así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”.