La Corte concluyó que la agencia de viajes cumplió con sus obligaciones al informar a los pasajeros con más de diez días de anticipación sobre la necesidad de contactar al consulado para recibir ayuda en su regreso, lo cual los actores no hicieron hasta el día anterior al vuelo cancelado. Además, se les ofreció la opción de adelantar el retorno bajo el pago de penalidades, opción que fue rechazada. La Corte también tuvo en cuenta que la agencia realizó gestiones con la aerolínea para obtener el reembolso, lo cual no prosperó.
Policía Local
Corte de Santiago condena a tienda a pagar multa de 100 UTM por infracción a Ley de Protección al Consumidor, al negar atención a diputada Camila Flores en razón de su orientación política.
No existe un derecho automático a la indemnización por daño moral en la ley de consumidor, reparación que debe evaluarse en su procedencia en relación al contrato infringido, resuelve la Corte de Santiago.
Institución educacional que ofreció curso para ejercer como asistente de párvulos sin contar con reconocimiento del Ministerio de Educación, incurre en publicidad engañosa.
Irregularidad en la vista de la causa por error de certificación de relator justifica anular sentencia recurrida y ordenar una nueva vista de los antecedentes.
La Corte Suprema razona que la vista de la causa es un trámite del todo completo, de manera que al no existir constancia del respeto de las formas establecidas en una de aquellas gestiones que son presupuesto de la dictación de la sentencia de segundo grado, sólo es posible concluir que ella ha sido expedida al margen del procedimiento establecido en la ley, por lo que procede que se realice una nueva vista de los antecedentes.
Norma que niega interponer recurso de casación en juicios de Policía Local, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que la restricción recursiva lo deja sin la posibilidad de controvertir una sentencia viciosa, lo que vulnera su garantía a un debido proceso e igualdad ante la ley.
Sentencia definitiva en el procedimiento de policía local se entiende notificada al quinto día de recepcionado el documento por el Servicio de Correos.
La expresión “Se entenderá notificada…” con que comienza el inciso 3° del artículo 18 de la Ley N°18.287, constituye una presunción legal, la cual si no es desvirtuada con prueba en contrario resuelve el problema.
Medida de destitución de Secretario Abogado del Juzgado de Policía Local de Malloa, sancionado por arrogarse la calidad de Juez Subrogante, se deja sin efecto por la Corte de Rancagua.
El Decreto Alcaldicio que aplicó la sanción de destitución del funcionario municipal no se encontraba suficientemente fundamentado, por lo que tal acto devino en arbitrario e ilegal, afectando el principio de proporcionalidad en el ejercicio de la potestad administrativa sancionadora y el derecho de igualdad ante la ley del actor.
TC declara admisible inaplicabilidad que impugna normas que prohíben recurso de casación en juicios de Policía Local, en proceso en que Sociedad de Inversiones fue multada por la Municipalidad de Independencia.
Luego de que la Sala designada por el Presidente del TC declara la admisibilidad del requerimiento deducido, le corresponde al Tribunal Pleno, en definitiva, emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.