La solicitud planteada excede los límites de la acción constitucional, ya que involucra el reconocimiento de derechos y la necesidad de formular declaraciones que deben ser resueltas por un tribunal competente a través de un procedimiento reglado conforme a la Ley 19.903. Además, la enmienda afectaría los intereses de otras nueve personas beneficiadas con la posesión efectiva de la herencia.
Posesión efectiva
Negativa del Registro Civil a otorgar la posesión efectiva en base a normas derogadas referidas a la forma de reconocer la filiación, vulnera el derecho a la identidad personal y la igualdad ante la ley.
Resolución administrativa que concede la posesión efectiva de la herencia que se encuentra inscrita solo puede modificarse por una resolución judicial y no es una materia que pueda ser resuelta en sede de una acción de protección.
Recurso de protección no es la vía idónea para impugnar la validez de un testamento, resuelve Corte de Valdivia.
Acción reivindicatoria. Legitimados activo y pasivo.
Cuál es el alcance de acción reivindicatoria del comunero respecto de la cosa común; la reivindicación de inmueble poseído en común requiere que todos los comuneros deduzcan la acción de consuno. La acción reivindicatoria procede en favor del dueño si hubo arrendamiento de cosa ajena; sólo procede contra quien posee la cosa, son algunas de las líneas jurisprudenciales que puede leer a continuación.
Registro Civil actúa arbitrariamente al no conceder al hijo la posesión de efectiva de los bienes quedados al fallecimiento de su madre.
Determinada la filiación conforme a la ley, se tiene por comprobado el estado civil de hijo respecto de su madre. En otras palabras, el estado civil es una de las consecuencias que trae aparejada la filiación legalmente determinada.
Bienes situados en Chile de ciudadanos extranjeros no están exentos de la solicitud de posesión efectiva para integrar la comunidad hereditaria.
El máximo Tribunal desestimó el pase regio, al considerar que un acuerdo privado autorizado por la justicia trasandina, para repartir los bienes del causante entre sus hijos, no puede ser cumplido en Chile respecto de los bienes que el fallecido poseía en nuestro país, sin que se acompañe la solicitud de posesión efectiva de dichos bienes presentada en el último domicilio que el causante tuvo en Chile, pues en caso contrario, se vulneraría norma expresa que obliga realizar dicha gestión voluntaria a los herederos.
Servicio de Registro Civil no puede excusarse en la “filiación indeterminada” de los solicitantes para rechazar una rectificación de posesión efectiva.
El Servicio no tuvo en consideración el reconocimiento presunto que el padre de los recurrentes hizo al momento de otorgarles su apellido, por lo que no puede fundar el rechazo de la rectificación en que los actores carecen de filiación determinada, debido a que tal aserto los discrimina arbitrariamente al exigirles algo que excede los márgenes del ordenamiento.
Calidad de heredero de un causante debe ser acreditada mediante el decreto de posesión efectiva.
El recurrente alegó durante el juicio poseer derechos hereditarios respecto de un predio “ancestral” del que su padre presuntamente era dueño, sin embargo, pese a ser hijo del causante, fue incapaz de acreditar la calidad de heredero al no acompañar el decreto de posesión efectiva, único instrumento que permitiría a la magistratura estimarlo como continuador de los supuestos derechos sobre el inmueble -que alegaba- le pertenecían.
Hostigamientos no se han acreditado y derechos invocados por la recurrente no son indubitados por lo que la acción no puede prosperar.
No se vislumbra el cumplimiento del presupuesto de existir derechos indubitados si la actora alega que se le reconozca la prescripción adquisitiva extraordinaria sobre parte del inmueble lo que actualmente se discute en sede judicial, por lo que no es posible que sostenga exista vulneración del derecho de propiedad pues solo tiene una mera expectativa jurídica.
Corte de Apelaciones de Santiago ordenó otorgar posesión efectiva de bienes intestados.
La Octava Sala del tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario del servicio recurrido al rechazar la solicitud citando normas derogadas.
Corte de Arica ordena a Registro Civil resolver solicitud de posesión efectiva reclamada por hija de la fallecida
La Segunda Sala del tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario e ilegal del servicio recurrido al rechazar la solicitud.
En el sistema aparece que la causante tiene otros parientes de igual o mejor derecho para sucederla por lo que no es ilegal la decisión de Registro Civil de no otorgarle la posesión efectiva que reclama.
La relación de parentesco que reclama la recurrente, como fundamento de la solicitud de posesión efectiva, no es una cuestión que pueda dilucidarse en esta sede de protección constitucional.
Corte de Santiago ordenó emitir un nuevo pronunciamiento, conforme a derecho, sobre solicitud de posesión efectiva de bienes intestados reclamados por hermana de la fallecida.
El Tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario e ilegal del servicio recurrido al rechazar la solicitud.