La naturaleza de la acción recién indicada y el procedimiento especial dispuesto para su tramitación, determinan que no sea procedente emplear esta vía para la solución del conflicto sub lite, puesto que las materias en que se basa el libelo exceden el ámbito de este recurso, ya que no es posible mediante éste acceder a las medidas que reclama la actora, esto es, canalizar la denuncia de acoso; reevaluar su práctica profesional por el director de carrera, y ordenar su reintegro a la práctica con supervisoras distintas.
Practica profesional
La importancia del respeto entre abogados: una reflexión necesaria, por Óscar Fernández León.
Decisión de reprobar práctica profesional de estudiante que no asistió a reuniones de supervisión obligatorias se ajusta a derecho, resuelve la Corte de Santiago.
Alumna que dice haber experimentado malos tratos durante su práctica profesional, recurre de protección en contra de UAH.
Elogio al abogado generalista, por Óscar Fernández León.
Partiendo de que suscribo la necesidad e importancia de la especialidad, la abogacía generalista aún tiene mucho que decir en el escenario profesional en que vivimos, pues considero que el ejercicio de la profesión requiere inicialmente de un conocimiento y práctica en todas las áreas posibles.
Universidad debe reincorporar a alumno de Pedagogía General Básica para que termine sus estudios.
El alumno fue expulsado del plantel por “conductas poco profesionales” observadas durante su práctica profesional, al mantener contacto por redes sociales con sus alumnos. El máximo Tribunal indicó que la medida fue desproporcionada y que existían otros castigos menos lesivos para sancionar la conducta del recurrente.
Suspensión de práctica profesional a estudiante de pedagogía a raíz de una denuncia por delitos de connotación sexual en un colegio, no es ilegal, resuelve la Corte de Concepción.
La medida de suspensión se encuentra cumplida atendido el lapso de la misma, y se aclaró que la suspensión no se extendía a las actividades académicas, por lo que la acción constitucional entablada ha perdido oportunidad.
Corte Suprema ordena reconocer práctica profesional de estudiante de Derecho.
El máximo Tribunal estableció el actuar arbitrario de la entidad pública al desconocer sus propias actuaciones y el tiempo que la alumna ha dedicado a la realización de la práctica profesional en la Defensoría Penal Pública.
Corte Constitucional de Colombia resuelve que las prácticas no remuneradas son válidas para optar al título de abogado, pues constituyen un servicio social que trasciende los requisitos formales.
La práctica profesional para obtener el título de letrado es una expresión del principio de solidaridad, pues permite a los egresados realizar pasantías, en muchos casos sin derecho a retribución económica, con el objetivo de poner sus conocimientos al servicio de la comunidad.
Recurso de protección deducido contra Universidad de Tarapacá que negó solicitud de cambio de práctica profesional, es desestimado.
El recurrente no proveyó los antecedentes indispensables para acoger su solicitud, circunstancia que le es completamente imputable, excluyendo de este modo la arbitrariedad e ilegalidad alegadas.
Recurso de protección deducido contra INACAP por negar acceso a práctica profesional a un alumno mientras no pague los aranceles adeudados, es acogido.
El educando tiene derecho a no ser objeto de ningún tipo de discriminación arbitraria. El servicio educacional debe ejercerse en sintonía con normas de rango superior a la ley del contrato.