CS mantiene fallo que acogió denuncia de agente de ventas contra AFP por prácticas antisindicales.
El máximo Tribunal declaró inadmisible el recurso intentado por no reunir los requisitos que habilitan su tramitación.
El máximo Tribunal declaró inadmisible el recurso intentado por no reunir los requisitos que habilitan su tramitación.
El máximo Tribunal no hizo lugar al arbitrio especial al constatar falta de claridad y argumentos contradictorios sobre la materia que se busca unificación, indefiniciones que impide contrastarla con los pronunciamientos contenidos en las sentencia ofrecidas como cotejo.
Despido por necesidades de la empresa no constituye, por sí mismo, una práctica antisindical.
Luego de que la Sala designada por el Presidente del TC declara la admisibilidad del requerimiento deducido, le corresponde al Tribunal Pleno, en definitiva, emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
El Tribunal estableció que la empresa demandada, que presta servicios de asistencia en tierra en el aeropuerto de Santiago, incurrió en prácticas desleales, por lo que le ordenó dar cumplimiento a la cláusula vigésima de la última oferta de contrato colectivo y pagar a cada trabajador reincorporado un bono de $500.000.
El reproche a la empresa denunciante se ve agravado por su negativa injustificada de reincorporar a trabajadoras aforadas a sus labores, una vez que conoce el requerimiento hecho por el ente fiscalizador, no existiendo explicación razonable que impulsara a la empresa a negarse ante tal solicitud.
El máximo Tribunal declaró inadmisible el recurso por no cumplir con el requisito de entregar sentencias de contraste.