Preparación recurso

Si la legalidad de la detención no fue cuestionada previamente en las diversas etapas del procedimiento, no procede invocarla como vicio de nulidad del juicio oral.

La defensa siempre estuvo en conocimiento del presunto vicio de ilegalidad de la detención del acusado, pero decidió no impugnarlo durante todo el proceso, por lo que es improcedente cuestionar un hecho asentado por medio del recurso de nulidad, en atención a la regla de preparación de dicho arbitrio establecida en el artículo 161 del Código Procesal Penal.

25 de enero de 2025