Plazo de prescripción para cobrar obligación invocando el acreedor una cláusula de aceleración facultativa, se cuenta a partir de la fecha en que manifieste su voluntad expresa de cobro.
La cláusula de aceleración puede extenderse valiéndose de formas verbales imperativas o facultativas, y en este último caso la obligación se hará exigible en su totalidad si el titular de la acreencia expresa su intención de acelerar el crédito.