Presidencia no está obligada a entregar la información sobre las solicitudes de audiencia al Presidente de la República si éstas fueron efectuadas por particulares
Tampoco en caso que la audiencia haya sido solicitada por funcionarios públicos a título personal o en representación de un gremio, por configurarse las causales de reserva del artículo 21 N° 1 y 2 de la Ley de Transparencia.