Resolvió que el proceso licitatorio se ha regido estrictamente por el Principio de Estricta Sujeción a las Bases, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 10 inciso 3° de la Ley N° 19.886, que impone a todos los participantes y a la entidad licitante cumplir con las normas establecidas en las Bases, que determinan los derechos y obligaciones de todos los intervinientes en el proceso de licitación.
17 de diciembre de 2024