La requirente alega que los preceptos legales impugnados excluyen de toda intervención a la Corte Suprema para revisar las sentencias de las Cortes de Apelaciones que fallen los recursos de nulidad, lo que invalida el ejercicio de su superintendencia disciplinaria y correctiva.
Principio de juridicidad
Inaplicabilidad que impugnó normas que permiten calificar una prestación de servicios a honorarios como una relación regida por el Código del Trabajo, se declara inadmisible.
Normas que permiten al juez declarar que un funcionario municipal contratado a honorarios está regido por el Código del Trabajo, se impugnan en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
Normas que permiten calificar una prestación de servicios a honorarios como una relación regida por el Código del Trabajo, se impugnan en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
Normas que regulan la transparencia y publicidad de información que obra en poder de la Administración del Estado y limita reclamación de las resoluciones del Consejo para la Transparencia, se impugnan ante el Tribunal Constitucional.
El requirente estima que los preceptos impugnados atentan contra los principios constitucionales de legalidad y competencia, además de la garantía constitucional del debido proceso.
Órganos de la Administración del Estado pueden reclamar a la Corte de Apelaciones en contra del CPLT si otorga acceso a la información cuando la publicidad afecte el debido cumplimiento de sus funciones, resuelve el Tribunal Constitucional.
Pero rechazó inaplicabilidad de la CMF respecto de los artículos 5°, inciso segundo, y 10, inciso segundo, de la Ley N° 20.285.
Normas que fijan el rango de las multas que puede imponer la Dirección del Trabajo por infracciones a la normativa laboral, no producen efectos contrarios a la Constitución.
El requirente alegó que los artículos 208 y 506 del Código del Trabajo al no establecer criterios o parámetros objetivos para la determinación del quantum de la multa, infringen los principios de proporcionalidad y legalidad.
Norma de la Ley de Pesca que establece presunción de daño ambiental en caso de escape o pérdida masiva de recursos hidrobiológicos en sistemas de cultivo, se declara inaplicable por el Tribunal Constitucional.
Infringe el principio de competencia y afecta el derecho constitucional a un procedimiento e investigación justos y racionales.
Normas que regulan el proceso de calificación de funcionarios del Ejército, se impugnan en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que los preceptos cuestionados han permitido una decisión arbitraria que vulnera sus garantías constitucionales.
TC declaró inadmisible requerimiento de inconstitucionalidad que impugnó normas del Auto Acordado que autoriza remates de inmuebles por videoconferencia.
La impugnación no argumenta con precisión la manera en que el auto acordado cuestionado afecta el ejercicio de los derechos constitucionales que el requirente estima vulnerados.
TC declara inadmisible inaplicabilidad solicitada por Teniente Coronel que impugnaba normas que le impedirían ascender a un grado superior, pese a que cumpliría los requisitos que establece la normativa castrense.
El requerimiento adolece de falta de debido fundamento plausible para sortear el requisito que ha previsto el legislador orgánico constitucional, en su artículo 84 N°6, presentando un conflicto que, más bien, debe ser resuelto por la judicatura competente.
TC escucha alegatos de admisibilidad respecto de inaplicabilidad solicitada por Teniente Coronel que impugna normas que le impedirían ascender a un grado superior, pese a que cumpliría los requisitos que establece la normativa castrense.
La requirente estima que los preceptos impugnados infringirían el principio de juridicidad, contenido en los artículos 6 y 7 de la Constitución Política.