Si el juez declaró cerrado el debate no procede suspender la audiencia o el juicio oral.
Si al defensor le parece que el juez de mérito efectuó una diversa calificación jurídica de los hechos es otra la causal que debió invocar.
Si al defensor le parece que el juez de mérito efectuó una diversa calificación jurídica de los hechos es otra la causal que debió invocar.
No aparece explicado suficientemente en la sentencia, en los términos requeridos por la ley procesal penal, la necesaria vinculación entre los hechos imputados por el ministerio público y los resultados dañosos que expone, en relación con una actuación culpable, imprudente, temeraria o negligente, conceptos genéricos vinculados a las reglas de la Lex Artis.
El fallo no satisface la exigencia de una motivación completa y suficiente, al introducir elementos no demostrados en juicio para otorgar la credibilidad que otorga al relato de la víctima y consecuentemente que los hechos sucedieran de la manera que se postula en la acusación, como porque tampoco alcanza para excluir razonablemente que los hechos pudieron ocurrir de otra manera.
El dueño del móvil, fuente primaria de la información y presunto afectado por el ilícito no concurrió a estrados a mantener su imputación, lo que impidió confrontar su relato con la versión alternativa de los hechos que proporcionó el encartado.
Si una prueba es débil, el grado de confirmación (o probabilidad) que atribuye a la hipótesis, no puede estimarse alto, por más fundada que esté la regla que conecta la prueba con la hipótesis.
Dos policías también identificaron al acusado, luego de ser entregado amarrado y con golpes por los vecinos, ya que puso en riesgo sus casas y sus vidas.
El Tribunal debe hacerse cargo, al fundamentar su decisión, de toda la prueba producida incluso de aquella que hubiere desestimado.
Se está ante un sistema de valoración de prueba regido por las reglas de la sana crítica, en el que existe libertad de prueba a fin de que el juzgador adquiera su convicción; por contrapartida a lo que acontece en el sistema de prueba legal o tasada.
No hay elementos de contradicción entre las declaraciones analizadas, los antecedentes documentales y periciales que permiten configuran los hechos y circunstancias que establece la sentenciadora.