Sería aconsejable que los familiares de las personas que requieren un cuidador puedan ser contratados por las entidades prestadoras de servicios de salud para suministrar ese servicio de manera remunerada, siempre y cuando esas entidades les garanticen un entrenamiento adecuado.
Principio de solidaridad
Órgano administrativo debe indemnizar a mujer que sufrió una trombosis tras vacunarse contra el Covid-19, resuelve un tribunal español.
Parlamento Europeo alcanza acuerdo para reformar el Pacto sobre Migración y Asilo.
Corte Constitucional de Colombia reflexiona sobre los problemas que deben afrontar los adultos mayores para acceder a una atención de salud digna.
Acción contra entidad de salud que se negó a mantener hospitalizada a una paciente con demencia, se desestima: núcleo familiar debe proveer los cuidados en virtud del principio de solidaridad.
Los ciudadanos deben asumir cargas inherentes y razonables, por ejemplo, ejerciendo el rol de cuidador cuando corresponda, en virtud del principio de solidaridad que sostiene el Estado Social. Al respecto, se ha señalado que ello es necesario para garantizar la prevalencia del interés general y hacer un uso adecuado y racional de los recursos destinados a la seguridad social en salud.
Corte Constitucional de Colombia resuelve que las prácticas no remuneradas son válidas para optar al título de abogado, pues constituyen un servicio social que trasciende los requisitos formales.
La práctica profesional para obtener el título de letrado es una expresión del principio de solidaridad, pues permite a los egresados realizar pasantías, en muchos casos sin derecho a retribución económica, con el objetivo de poner sus conocimientos al servicio de la comunidad.