La resolución se ajustó a la Ley N°20.084 y a criterios de agendamiento, descartando vulneración de derechos del imputado por haberse fijado una fecha posterior a la del adolescente.
Procedimiento abreviado
Encontrándose firme y ejecutoriado el auto de apertura del juicio oral y enviado al tribunal de juicio oral en lo penal competente, no procede citar a audiencia intermedia para tramitar la causa en procedimiento abreviado, resuelve Corte de Arica.
Reprogramar audiencia de procedimiento abreviado para dos meses más vulnera la garantía de juzgamiento en un plazo razonable, resuelve Corte de San Miguel.
Consignación de dinero efectuada en juicio abreviado constituye un reconocimiento de deuda que interrumpe la prescripción de la acción civil, en los términos del artículo 2518 del Código Civil.
No procede condicionar resolver la solicitud de un procedimiento abreviado respecto de adolescentes a que se evacue un Informe técnico del Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, resuelve Corte de La Serena.
Resulta necesario contar con el antecedente pedido por el juez sobre todo para cumplir con el mandato del artículo 20 de la Ley 20.084 en relación a finalidad y naturaleza de la sanción de manera que esta resulte idónea para la reinserción social de las adolescentes y para cumplir con los objetivos que persigue esta regulación especial, refiere el voto en contra.
Orden de detención en contra de imputado por no comparecer a audiencia de procedimiento abreviado es ilegal, resuelve Corte de Valdivia.
No basta que concurran los demás requisitos legales y que este procedimiento sea solicitado únicamente por el Ministerio Público, sino que se requiere que al menos sea acordado con la defensa del propio imputado, quien actuará conforme a los mejores intereses de su representado y a su propia estrategia de defensa.
Independientemente de que el Ministerio Público haya acordado con el acusado proceder conforme al procedimiento abreviado es el Juez de Garantía quien tiene la decisión de aceptar o no la tramitación del proceso conforme a esas reglas.
La resolución dictada por la Juez de Garantía no invade las facultades del Ministerio Público para acordar junto al imputado y su defensa la tramitación del proceso de conformidad a las reglas del procedimiento abreviado, limitándose únicamente a constatar los presupuestos legales que lo hacen procedente.
La sentencia condenatoria dictada en procedimiento abreviado fue incorporada al expediente virtual antes de que se interpusiera el recurso de apelación, por lo que no se han vulnerado garantías constitucionales.
Las sentencias dictadas en procedimiento simplificado con admisión de responsabilidad y las sentencias de procedimiento abreviado se dictan en forma verbal, a diferencia de las sentencias de juicio simplificado efectivo y las dictadas por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, que se dictan por escrito, informó el recurrido.
Norma que establece los requisitos para acceder a la pena sustitutiva de la reclusión parcial, no produce resultados contrarios a la Constitución.
El legislador en pos de una política criminal acorde con un estado democrático, introdujo al artículo 8° un nuevo requisito tratándose de los condenados por delitos contra la propiedad, en especial al condenado por receptación, para que así éstos tengan sanciones ejemplares de cumplimiento efectivo de la pena, y lograr disminuir la reincidencia al agregar un nuevo requisito para acceder a la pena sustitutiva.
Rechazo de la audiencia intermedia del artículo 280 bis del Código Procesal Penal es ilegal.
El juez a quo envió la causa al Tribunal de Juicio Oran en lo Penal antes de que haya transcurrido el plazo para interponer el recurso de apelación contra del auto de apertura.
Comparecencia del imputado a la audiencia de procedimiento abreviado no resulta indispensable, resuelve la Corte de Santiago.
El juez de garantía despachó una orden de detención respecto del amparado en un caso no previsto por el legislador.
Si bien el Ministerio Público tiene la facultad de solicitar la aplicación del procedimiento abreviado, es el Juez de Garantía el que tomará la decisión de aceptarlo o no, resuelve la Corte Suprema.
El tribunal recurrido invade las atribuciones propias del Ministerio Público, al exigirle que mantenga la intención punitiva bajo el criterio de ese tribunal, sin fundamentar de forma normativa, doctrinal ni jurisprudencial el motivo de esta decisión, razona el voto en contra.
La acción de amparo no está destinada a resolver sobre la procedencia de que un juicio oral se tramite conforme a las reglas de un procedimiento abreviado.
El máximo Tribunal consideró que la pretensión de la defensa resulta ajena a los supuestos y fines de la acción otorgada por el artículo 21 de la Carta Fundamental.
CS acoge recurso de amparo contra Juzgado de Garantía por denegar solicitud de tramitación de causa en conformidad a las normas del procedimiento abreviado.
El Ministerio Público está facultado para recalificar los hechos y las consideraciones modificatorias de la acusación al determinar que procede solicitar la aplicación de un procedimiento abreviado.