Recurso de queja de Universidad Academia Humanismo Cristiano se declara inadmisible. Los sentenciadores se limitaron a resolver la procedencia de las causales de nulidad invocadas contra sentencia dictada en procedimiento monitorio.
Los ministros disidentes estimaron que la resolución impugnada se encuentra en la hipótesis del artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, pues pone término al juicio y no es susceptible de recurso alguno.