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No basta con constatar una conducta potencialmente riesgosa, lo que en este caso no está en discusión, sino que es esencial que el empleador acredite tanto la gravedad del riesgo como el nexo causal entre la conducta y la afectación de los bienes jurídicos protegidos por la causal. Solo así el tribunal podrá ponderar la proporcionalidad de la medida disciplinaria.
7 de febrero de 2025