Propiedad intelectual


En caso contra subsidiaria de Warner Music.

Corte Suprema de Estados Unidos dictamina que no hay límite de tiempo para que titulares de derechos de autor reclamen daños más allá del plazo de prescripción.

El plazo de prescripción de tres años no comienza hasta que el propietario de los derechos de autor «sabe o tenga motivos para saber que fue perjudicado». Respaldó la aplicación de la regla de descubrimiento bajo la Ley de Derecho de Autor en oposición a la regla de lesión, que sostiene que el plazo de prescripción comienza a correr cuando ocurre la infracción, independientemente del conocimiento de los demandantes.

14 de mayo de 2024
En el marco de un registro de marca.

Tribunal General de la Unión Europea dictamina que el renombre de una marca se adquiere y pierde de manera progresiva.

Un documento establecido cierto tiempo antes o después de la fecha de presentación de la solicitud de marca de que se trate puede contener indicaciones útiles, habida cuenta de que, por lo general, el renombre de una marca se adquiere progresivamente. Precisa que el mismo razonamiento se aplica en cuanto a la pérdida de ese renombre, que, en general, también se produce progresivamente.

29 de abril de 2024
Orden público y principios de moralidad aceptados.

Nombre “Pablo Escobar” no puede registrarse como marca en la Unión Europea al estar asociado a actividades contrarias a los valores y principios de la Unión Europea, resuelve el TGUE.

La EUIPO estimó correctamente que las personas asocian el nombre de Pablo Escobar con el tráfico de drogas y con el narcoterrorismo, así como con los crímenes y el sufrimiento derivados de ellos, más que con sus posibles buenas obras a favor de los pobres en Colombia. Por lo tanto, la marca será percibida como contraria a los valores y a las normas morales fundamentales imperantes en la sociedad española.

19 de abril de 2024
Decisión fue tomada sin previo aviso.

Centro comercial debe indemnizar a artista por la destrucción de un mural pintado en sus dependencias, resuelve un tribunal argentino.

La omisión de toda comunicación al artista acerca del destino del mural ha sido, en definitiva, el detonante del daño moral esgrimido por el artista, conforme surge de la manifestación plasmada en acta notarial. Tal silente proceder, que en definitiva puede ser leído como un desprecio a la obra pictórica del actor, aparece hábil para configurar esa aflicción a su honor o reputación.

22 de marzo de 2024
Producto carecía de la cualidad de singular y novedoso.

Tribunal General de la Unión Europea deniega a Puma registro de una zapatilla por no ser inédita: calzado había sido utilizado por la cantante Rihanna previo a la solicitud.

En 2014 Rihanna era una estrella del pop mundialmente conocida. Ello implica que entre sus fans y los círculos especializados en el ámbito de la moda se había despertado un interés particular por los zapatos que llevaba el día de la firma del contrato en virtud del cual la estrella se convirtió en la directora artística de Puma.

9 de marzo de 2024