La requirente sostiene que la aplicación del precepto impugnado en la gestión pendiente infringe los artículos 19 N°2 y N°3 de la Constitución, al vulnerar los principios de igualdad ante la ley, debido proceso y proporcionalidad de las penas, debido a la incertidumbre jurídica que genera y a la excesiva discrecionalidad otorgada al SII.
Proporcionalidad
Más allá del test de proporcionalidad: análisis, crítica y metodologías de adjudicación alternativas al modelo de Robert Alexy, por Javier Martín Reyes.
Norma que le entrega a la SEREMI MINVU la potestad de cautelar que las subdivisiones y construcciones en terrenos rurales no originen nuevos núcleos urbanos, será revisada por el Tribunal Constitucional.
Jubilado es absuelto del delito de homicidio por legítima defensa, por cuanto no se le puede exigir técnicas de combate, resuelve Tribunal Supremo de España.
Normas que establecen una prescripción especial de brevísimo plazo para todas las acciones dirigidas contra el SERVIU por parte de contratistas, se impugnan en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
La requirente alega que esta prescripción de corto plazo es arbitraria y atenta contra la igualdad ante la ley, el derecho de acceso a la justicia, propiedad, entre otras garantías.
Norma que faculta al juez a decretar medidas precautorias si se acompañan comprobantes que constituyan a lo menos presunción grave del derecho que se reclama, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que el precepto legal cuestionado infringe el principio de igualdad ante la ley y su garantía a un debido proceso.
Normas que establecen la obligación de los acusados de asistir personalmente a todas las audiencia del juicio oral se impugnan ante el Tribunal Constitucional.
Requerimiento de juezas titulares del Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago y Marco Enrique Ominami.
Normas que fijan el rango de las multas que puede imponer la Dirección del Trabajo por infracciones a la normativa laboral, no producen efectos contrarios a la Constitución.
El requirente alegó que los artículos 208 y 506 del Código del Trabajo al no establecer criterios o parámetros objetivos para la determinación del quantum de la multa, infringen los principios de proporcionalidad y legalidad.
Norma que autoriza el apremio de arresto por no pago de deudas previsionales no se declara inaplicable por el Tribunal Constitucional.
La medida de apremio no constituye prisión por deudas, por lo que no se advierte una vulneración de garantías fundamentales.
Consejo Constitucional de Francia rechazó pronunciarse sobre una cuestión previa de constitucionalidad tributaria alegada por una sociedad.
Estableció que ciertas disposiciones tributarias ya declaradas conformes a la Constitución, y alteradas luego por jurisprudencia posterior del mismo, no implican una modificación del alcance del principio de proporcionalidad.
Hospital Carlos van Buren que declaró la vacancia del cargo de médico cirujano por estimar que su salud era incompatible con sus funciones debe reincorporarlo.
Dicha decisión por su relevancia y efectos debe cumplir con los requisitos de razonabilidad y proporcionalidad propios de todo acto administrativo.
Norma que restringe la procedencia del recurso de apelación dentro del proceso de cobranza laboral, se declara inaplicable por el Tribunal Constitucional.
No resulta compatible con las exigencias de racionalidad y justicia negar la posibilidad de que la decisión sea revisada por un tribunal superior.
Normas que facultan a la autoridad sanitaria aplicar multas por infracciones a cualquiera de las disposiciones del Código Sanitario, de sus reglamentos y de las resoluciones que dicten autoridades de salud, se impugnan en el Tribunal Constitucional.
Los requirentes estiman que la potestad sancionatoria de la autoridad en el caso concreto es excesiva y contraria a los principios de legalidad y proporcionalidad.
Normas que facultan a la autoridad sanitaria para fijar discrecionalmente el monto de la multa cuando se ha puesto en peligro la salud pública, serán examinadas por el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que quebrantan el derecho a un procedimiento justo y racional, así como los principios de tipicidad y proporcionalidad.