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Los consumidores tienen derecho a una información veraz, oportuna y adecuada sobre los bienes que adquieren, así como respecto de su precio y otras características relevantes.
Los consumidores tienen derecho a una información veraz, oportuna y adecuada sobre los bienes que adquieren, así como respecto de su precio y otras características relevantes.
El Tribunal de alzada confirmó la sentencia apelada, dictada por el Primer Juzgado de Policía Local de La Serena, con declaración que se aumenta el monto de indemnización por daño moral que la demandada deberá pagar la suma total de $4.500.000, manteniendo en 10 UTM el pago de la multa a beneficio fiscal.
Existe un ámbito de protección de las personas que se encuentra referido a su integridad psíquica que no puede ser vulnerado por los proveedores aun en caso de deudas.
El motivo de la sanción recae en no entregar debidamente la información precontractual y contractual, control insuficiente de las gestorías o indebido cobro de comisiones.
La Organización Europea de Consumidores aseguró que “incurre en múltiples infracciones” que principalmente tienen que ver con su uso por parte de menores de edad.
Fortalecerá la protección de los consumidores.
Más aún si se trataba de una primera transacción a un desconocido. No cumplió con lo mínimo esperable.