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La magistratura ordenó el retiro de la morosidad publicada respecto de un pagaré que no fue protestado, situación que vulnera el derecho a la honra y la protección de la vida privada de la recurrente.
La magistratura ordenó el retiro de la morosidad publicada respecto de un pagaré que no fue protestado, situación que vulnera el derecho a la honra y la protección de la vida privada de la recurrente.
En la especie, el documento fue protestado por “enmendado”, causal ajena a aquellas reconocidas por el artículo 22 de la Ley de Cheuques, por lo que la gestión preparatoria iniciada por el actor era improcedente.
Para que el protesto de un cheque haga nacer la acción ejecutiva para su cobro, resulta indispensable que el no pago se origine en la falta de fondos, cuenta cerrada u orden de no pago; la disconformidad en la firma no está contemplada como causal de protesto en el artículo 22 de la Ley de Cheques.
En este caso el acreedor se encuentra en posesión de un título ejecutivo perfecto, por lo que no es necesario el trámite de protesto.