No procede alegar infracción a las normas reguladoras de la prueba sobre la base de hechos no reconocidos por el tribunal, resuelve la Corte Suprema.
El demandante no pudo acreditar su dominio respecto del inmueble que pretendía reivindicar, acusando una errada valoración de las pruebas. Para el máximo Tribunal, tal reclamo se condice con una disconformidad con el resultado del juicio, y no con errores de derecho que persigue el recurso de nulidad sustancial.