Por unanimidad.
TC declara inadmisible inaplicabilidad presentada por empresa que impugna norma del CPC que le impide rendir prueba por el hecho de encontrarse citadas las partes a oír sentencia.
La Primera Sala del TC señaló que concurre la causal de inadmisibilidad prevista en el artículo 84 N° 5, esto es, cuando aparezca que el precepto legal impugnado no ha de tener aplicación o ella no resultará decisiva en la resolución del asunto.
18 de marzo de 2021