Radio

Iglesia Evangélica no puede impedir acceso del personal de una radio a la planta transmisora situada al interior del inmueble, resuelve la Corte de Santiago.

La legislación contempla los procedimientos correspondientes para obtener de la judicatura, en su caso, el reconocimiento del derecho que pueda invocarse y, mientras ellos no sean ejercidos y dispuesto lo pertinente por la jurisdicción, no resulta lícito a la recurrida, por si y ante sí, valerse de vías de hecho para zanjar la disputa que mantiene con la actora.

19 de octubre de 2024