![](https://www.diarioconstitucional.cl/wp-content/uploads/2022/05/bomberos-2.jpeg)
La medida fue adoptada sin instruir ninguna investigación en contra del recurrente, ni darle la oportunidad de controvertir, defenderse, y aportar pruebas; por lo tanto, la institución no respetó las garantías básicas del debido proceso y tal castigo fue dejado sin efecto por la magistratura.