Del texto del artículo 12 N°15 del Código Penal se sigue que, para aumentar la magnitud del castigo, se requieren dos o mas condenas pretéritas, circunstancia que en la especie no ocurriría si los juzgadores no hubieran considerado una condena previa del encartado cumplida en 2017, la que se encuentra prescrita.
25 de diciembre de 2024