![](https://www.diarioconstitucional.cl/wp-content/uploads/2022/11/Corte-Suprema-de-Justicia-de-Colombia.jpg)
La aplicación de la jurisprudencia no debe interpretarse como una imposición de esta Corte, sino como la aplicación de la función Constitucional de unificar la interpretación del derecho que le corresponde a cada órgano jurisdiccional, así como también en aras de preservar la vigencia de los principios de seguridad jurídica, confianza legítima en las decisiones de los jueces e igualdad en el acceso a la administración de justicia para la solución de los conflictos.
29 de noviembre de 2022