Reclamación tributaria iniciada

Norma que restringe la procedencia del recurso de casación en la forma en los juicios especiales, no produce resultados contrarios a la Constitución.

La falta de las consideraciones de hecho o de derecho que sirven de fundamento a las sentencias definitivas no son susceptibles de alegarse por medio del recurso de casación en la forma en los juicios especiales, lo que infringe la garantía de igualdad ante la ley procesal. Se niega a unos justiciables sólo por quedar afectos a procedimientos previstos en leyes especiales, mientras que el mismo recurso de interés general se le reconoce a los demás, lo que carece de una justificación razonable, alegó el requirente.

20 de septiembre de 2024