Reclamo de ilegalidad acogido

Si la empresa presta servicios de transmisión de electricidad pero no realiza actividades esenciales, no se justifica la prohibición de la huelga.

No es posible limitar el derecho a la huelga de quienes trabajan en una actividad cuya paralización no afecta a la población o el país en general, es decir de aquellas personas trabajadoras que no realizan su actividad para un servicio público. De mantener la prohibición total del ejercicio del derecho a huelga respecto de todos quienes trabajan en la empresa implicaría afectar de forma desproporcional el ejercicio de derecho respecto de quienes trabajan en un servicio no esencial.

2 de febrero de 2025

Si las obras o construcciones son anteriores al 14 de febrero de 1929 no requieren del permiso de obras emitido por la Dirección de Obras Municipales para su regularización.

31 de enero de 2025
Toda construcción existente previa a la dictación de la Ley 4.563, no requiere permiso de edificación, para su regularización, sin perjuicio que, de ser objeto de reconstrucción, reparación o transformación “de importancia”, realizadas con posterioridad al 14 de febrero de 1929, éstas obras requieren permiso de la autoridad comunal.

Sanción de clausura de un establecimiento pierde efecto si anteriormente se decretó la revocación de su patente comercial.

20 de enero de 2025
El efecto natural y obvio de la decisión edilicia de revocar la patente municipal que le otorgó a la actora para desarrollar su actividad económica radica en que esta queda impedida de ejecutar tal actividad, y provoca una especie de decaimiento de la clausura del establecimiento, ya que el efecto de ésta sanción resulta inocuo, pues el mismo ya se materializó con la decisión del ente municipal, de revocar la referida patente municipal.

Orden de expulsión de ciudadana colombiana por carecer la resolución de motivación suficiente, al basarse en una condena penal prescrita y en una investigación penal en la cual no ha sido formalizada, se deja sin efecto.

17 de enero de 2025
La orden de expulsión se basó en una condena penal prescrita por el delito de infracción a la salud pública durante el período de Covid-19, y por estar vinculada a una investigación por el delito de usurpación no violenta, proceso en el cual no ha sido formalizada. Se tuvo en consideración que la reclamante no fue adecuadamente notificada de la orden previa de abandonó, lo que vulneró su derecho al debido proceso.
Reclamo de ilegalidad acogido por Corte de Santiago.

Dilación de 8 años en la tramitación de un recurso ante la DGA es excesiva y justifica la declaración de decaimiento del acto administrativo.

Cuando un procedimiento administrativo excede los plazos razonables sin justificación, los actos dictados pierden su eficacia. En este sentido, el decaimiento del acto administrativo es una consecuencia directa de la dilación indebida, que no solo afecta la legalidad del acto, sino también su aplicabilidad y validez.

17 de enero de 2025
Reclamo de ilegalidad acogido por Corte de Santiago.

Resolución de la SEC incumple deber de fundamentación de los actos administrativos al considerar que facturación de ENEL se ajusta a parámetros establecidos, sin detallar cálculos ni factores considerados.

Resolvió que la reclamante quedó en total indefensión por la falta de motivación fáctica de la resolución reclamada, lo que permite concluir que el acto es ilegal por infracción al artículo 41 de la ley N° 19.880.

29 de diciembre de 2024
Reclamo de ilegalidad acogido por Corte de Santiago.

Decreto alcaldicio que denegó renovación de patente de alcoholes prescindiendo de la consulta obligatoria a la junta de vecinos, es ilegal al infringir Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.

Consideró que el acto administrativo es ilegal al no haberse consultado a la junta de vecinos, como lo exige la ley para la caducidad o renovación de patentes de alcoholes, además de no haberse acreditado infracciones por ruidos molestos ni infracciones a la Ley 19.925.

24 de diciembre de 2024
Reclamo de ilegalidad acogido por Corte de Santiago.

Debe entregarse información solicitada referida a una investigación penal archivada provisionalmente ya que la naturaleza de los antecedentes permite su acceso público tras la conclusión de la etapa investigativa.

Resolvió que el acceso a la carpeta investigativa por parte de terceros, por regla general, no es accesible a través de la Ley de Transparencia, debido a las restricciones relacionadas con la protección de las investigaciones y el justo y racional procedimiento. Sin embargo, cerrada la investigación, con archivo provisional, como sucede en este caso, los terceros ajenos al procedimiento sí pueden tener acceso a la investigación. En consecuencia, solo en casos donde no exista una investigación activa, como sucede con el archivo provisional, puede haber una posibilidad de acceso a terceros, pero siempre bajo las excepciones que la ley establece y con las restricciones pertinentes.

20 de diciembre de 2024
Reclamo de ilegalidad acogido por Corte de Santiago.

Renuncia a derechos de aprovechamiento de aguas se perfecciona por escritura pública y es oponible a la DGA desde su inscripción en el Registro de Propiedad de Aguas.

La Corte consideró que la renuncia de derechos de agua se perfeccionó legalmente el 29 de agosto de 2023, pero solo fue oponible a la DGA tras su inscripción en el Registro de Propiedad de Aguas el 7 de septiembre. Al momento de dictar la resolución en diciembre, la DGA ya sabía que esos derechos no existían a la fecha del 31 de agosto, por lo que su inclusión en el listado de patente por no uso fue ilegal. Tuvo en consideración que los criterios internos de la DGA no pueden justificar un acto contrario a la ley.

20 de diciembre de 2024
Reclamo de ilegalidad acogido en alzada.

SEC incurre en ilegalidad al no corroborar irregularidades denunciadas en facturación de consumo de gas infringiendo de ese modo su deber de fiscalización.

Tuvo en consideración que uno de los cuestionamientos de la reclamante, radica en el correcto funcionamiento del proceso de facturación, con ocasión de la revisión efectuada por la empresa de distribución de gas, lo cual, cuando menos, tornaba indispensable corroborar si los asertos de la comunidad sobre la irregularidad de los cobros en el período inmediatamente anterior, era efectiva. Con todo, tal circunstancia no fue materia de ningún análisis por la reclamada.

12 de diciembre de 2024
Reclamo de ilegalidad acogido por Corte de Santiago.

Certificado de Informaciones Previas que modifica uso de suelo respecto de certificación anterior sin que existan modificaciones en instrumentos de planificación territorial que lo justifiquen, es ilegal y se deja sin efecto.

Resolvió que entre los dos Certificados que emanan de la misma autoridad, con tres años de diferencia entre uno y el otro, hay una modificación que afecta el uso del suelo del inmueble de la reclamante, sin existir en el periodo intermedio entre ambos actos de la Administración, ninguna modificación legal que avale y sustente el cambio de suelo ya referido, infringiéndose de esta forma lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley General de Urbanismo y Construcción.

12 de diciembre de 2024
Reclamo de ilegalidad acogido en alzada por la Corte Suprema.

SEC tiene que fiscalizar la legalidad de los cobros de las empresas de distribución eléctrica, deber que incumple si no examina con precisión los montos que cobra la empresa.

Resolvió que la SEC, conforme a los artículos 2 y 3 de la Ley N° 18.410, tiene la obligación de fiscalizar el cumplimiento normativo y resolver reclamos sobre servicios energéticos, lo que implica verificar la legalidad y precisión de los cobros realizados. Sin embargo, los montos exigidos en el caso sub lite carecen de sustento fáctico y legal, ya que la empresa no detalló los períodos, valores unitarios ni las rebajas aplicadas, impidiendo determinar el régimen jurídico aplicable y vulnerando las exigencias de transparencia.

3 de diciembre de 2024
Decisión de Amparo dictada por el CPLT.

Resolución del CPLT que ordenó al CDE entregar información relacionada a un litigio pendiente, se deja sin efecto por la Corte de Santiago.

Acogió la reclamación al considerar que, si bien es pública la información elaborada con presupuesto público y aquella que obra en poder de los órganos de la Administración, salvo excepciones, ello no implica que se deba crear nueva información, especialmente cuando se refiere a la defensa del Fisco en un juicio pendiente.

16 de octubre de 2024