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Resolvió que la autoridad migratoria no consideró adecuadamente los antecedentes aportados en relación a su situación familiar, y que dicha omisión en la fundamentación implica que el acto administrativo impugnado se encuentre viciado por una ilegalidad sobreviniente. Ordenó que se emita un nuevo pronunciamiento considerando todos los antecedentes.
18 de octubre de 2024