No es efectivo que la aplicación de la letra h) del artículo 19 de la Ley Nº20.000, afecte el non bis in ídem, puesto que la comisión del ilícito por una persona privada de libertad no es inherente a la conducta típica que sanciona la norma, cual es, traficar al interior de un recinto penal.
6 de abril de 2024