La acción de protección constitucional de amparo no tiene por objeto enmendar o corregir eventuales vicios o defectos producidos en la tramitación de un procedimiento judicial.
22 de agosto de 2024
La acción de protección constitucional de amparo no tiene por objeto enmendar o corregir eventuales vicios o defectos producidos en la tramitación de un procedimiento judicial.
En el contexto de delito flagrante tales actuaciones están amparadas por la letra d) del artículo 183 del Código Procesal Penal.