El fallo razona que la única sociedad recurrente que tuvo patente provisional no acreditó tener derecho a que se le otorgue una patente definitiva al no cumplir los requisitos del Decreto Ley N° 3.063, sobre Rentas Municipales. Respecto a las demás sociedades recurrentes, señala que no se explica en qué consisten las acciones u omisiones supuestamente incurridas a su respecto que les amagarían sus derechos, y además tampoco guardan relación alguna con el petitorio del amparo.
Recurso de amparo económico
Suspensión de servicio de alcantarillado por infracción a normativa de descarga de Residuos Industriales Líquidos, no vulnera libertad de desarrollar actividades económicas.
Clínica médica que establece que servicios de anestesiología se presten exclusivamente a través de sociedad especializada se enmarca dentro de su libertad organizacional y no lesiona derechos de los facultativos.
Decisión de no renovar patente de alcoholes vulnera libertad económica desde que el acto administrativo infringe el deber de motivación.
Decisión de no renovar patente de alcoholes a local que funcionaba como perfumería se ajusta a derecho y no vulnera libertad económica.
Resolvió que no se advierte la ilegalidad denunciada en relación al actuar de la recurrida, pues aparece que en el ejercicio de sus facultades es que determinó la no renovación de la patente y a raíz de la pérdida de vigencia de la misma es que no se autorizó su traslado.
Recurso de amparo económico no persigue una finalidad indemnizatoria.
La acción interpuesta más bien parece tratarse de una especie de demanda indemnizatoria, pretensión que escapa absolutamente a la finalidad y límites de la acción de amparo económico y su acotadísimo procedimiento, el cual, por sus características, no puede asegurar, como lo harían los procedimientos de lato conocimiento, el derecho de todas las partes a entregar sus argumentos y prueba.
Decisión de no renovar patente comercial por multas impagas se ajusta a derecho y no afecta libertad económica, resuelve la Corte de La Serena.
Resolvió que la recurrida actuó dentro de sus atribuciones al negar la renovación de la patente comercial del actor debido a deudas por multas de 2012 y 2013, no controvertidas, y aunque no fueron notificadas por más de diez años, consideró que la decisión se sustentó en antecedentes plausibles, por lo que descartó ilegalidad o arbitrariedad.
Amparo económico contra sujeto que se apoderó de local comercial por vías de hecho, se rechaza al no vincularse con una infracción estatal.
Resolvió que el recurso de amparo económico sólo es procedente por vulneración a la norma contenida en el inciso segundo del número 21° del artículo 19 de la Constitución, esto es, aquella que permite al Estado desarrollar o participar en actividades empresariales únicamente si lo autoriza una ley de quórum calificado. Concluyó que no es posible entender que el derecho a desarrollar cualquier actividad económica lícita esté protegida por este recurso.
Amparo económico contra la administración de un condominio que impidió la instalación de un almacén comercial, se rechaza por la Corte de Santiago.
Concluyó que la decisión adoptada no es ilegal ni arbitraria, sino que responde a un conflicto civil relacionado con el destino habitacional y comercial de la propiedad.
Clausura de local de juegos electrónicos que no presentó informe de Superintendencia de Casinos que certifique que máquinas son de destreza y no funcionan sobre la base del azar, se ajusta a derecho.
Desestimó el recurso de amparo económico, al determinar que no se vulneró el derecho a la libertad económica del actor, pues este no acreditó que las máquinas de su local cumplieran con los requisitos exigidos por la Superintendencia de Casinos para su funcionamiento.
Recurso de amparo económico por la creación de la Empresa Nacional del Litio se admite a trámite por la Corte de Santiago.
El libelo señala que el 20 de abril de 2023, el presidente Gabriel Boric anunció la creación de la Empresa Nacional del Litio, pero debido a la dificultad de reunir el quórum necesario en el Congreso, Codelco optó por crearla en una notaría, el 18 de mayo, sin la Ley de Quórum Calificado (LQC) que se requiere para constituir una empresa pública. Acusa que dicho acto transgrede la Constitución al no ajustarse a los fines legales de Codelco, que están relacionados con la minería del cobre.
Parroquia que construyó nichos de un cementerio en la línea divisoria con otro predio que no cumple con las normas de distanciamiento afecta la comercialización de los lotes que se encuentran adheridos a la línea que limita con el cementerio.
Se constató que los nichos no cumplen con la normativa sobre distanciamiento al encontrarse adheridos a la línea divisoria con otro predio, por lo que el máximo Tribunal ordenó a la Dirección de Obras Municipales de Quirihue adoptar las medidas correspondientes a fin de subsanar la infracción.
Recurso de amparo económico deducido por empresa en contra del SII por el bloqueo en el portal electrónico del Servicio, se acoge a trámite por la Corte Suprema.
Resolvió que el tribunal a quo carece de facultades para declarar inadmisible una acción de amparo económico, puesto que la Ley N° 18.971 establece que el tribunal deberá investigar la infracción denunciada y dar curso progresivo a los autos hasta el fallo respectivo.
Recurso de amparo económico interpuesto por un grupo de PYMES en contra de Municipalidad de Santiago por no otorgar patentes comerciales, se acoge a trámite por la Corte de Santiago.
Los recurrentes sostienen que la actuación del municipio genera una diferencia arbitraria en perjuicio de los locatarios comerciantes del lugar, que implica una prohibición total de ejercer una actividad económica lícita. Además, la medida adoptada carece de proporcionalidad, y afecta en la esencia derechos asegurados por la Constitución.