Recurso de apelación acogido

No existe un derecho automático a la indemnización por daño moral en la ley de consumidor, reparación que debe evaluarse en su procedencia en relación al contrato infringido, resuelve la Corte de Santiago.

Resolvió que no se aportó evidencia suficiente para probar los perjuicios reclamados por la actora, concluyendo que la molestia sufrida no constituye un daño moral indemnizable, sino una simple perturbación derivada de un incumplimiento contractual. Indicó que el daño moral no es automático en estos casos y recae sobre la demandante la carga de probar la existencia de perjuicios concretos.

25 de noviembre de 2024

Fallo que condenó a notario titular a pagar una indemnización de perjuicios se revoca por la Corte de La Serena al encontrarse en un estado de demencia avanzado al momento de los hechos.

10 de noviembre de 2024
La Corte resolvió que, debido al estado de incapacidad mental permanente del demandado, quien sufría una demencia mixta vascular degenerativa desde 2011, los actos realizados en su nombre, incluyendo la escritura pública de compraventa de 2020, no le eran oponibles ni válidos. Señaló que, aunque los actos fueron formalmente realizados bajo su responsabilidad, la incapacidad mental del demandado, certificada mediante informes médicos, invalida cualquier acto realizado en su nombre.