La prescripción parcial es rechazada por el ordenamiento penal humanitario internacional para los delitos de lesa humanidad.
La aplicación del artículo 103 del Código Penal es improcedente.
La aplicación del artículo 103 del Código Penal es improcedente.
El máximo Tribunal no hizo lugar a la acción deducida en representación de la demandada Sociedad Proeducación y Cultura S.A., en contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso.
Antecedente relevante atendido el derecho de toda adolescente de ser oída y del principio de autonomía progresiva.
Toda vez que los fines de la prescripción hacen aconsejable que su interrupción constituya un acto concreto y conocido, lo que se logra con la notificación de la demanda.
El máximo Tribunal descartó infracción de ley en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción.
El máximo Tribunal descartó infracción de ley en la resolución impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, que confirmó las multas de 3 y 35 UTM aplicadas al transportista, y de 6 y 70 UTM, al dueño de los productos.
El máximo Tribunal estableció la sentencia recurrida, dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción, se dictó sin infracción de ley.
El máximo Tribunal estableció que la legislación internacional de derechos humanos no es incompatible con la excepción de cosa juzgada.
El máximo Tribunal no hizo lugar a las acciones enderezadas por parte demandada en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción.
El máximo Tribunal descartó infracción de ley en la resolución recurrida, dictada por la Corte de Apelaciones de Arica, que confirmó la de primer grado que rechazó la acción debido a que la parte demandada cuenta con un título que justifica la tenencia del inmueble.