Recurso de nulidad laboral rechazado

Si se incurrió en falsa aplicación de ley pero el error no influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, el recurso de nulidad no puede prosperar.

Si bien el juez incurrió en una falsa aplicación del artículo 444, inciso 4, del Código del Trabajo, al aplicarlo a una situación no prevista en la norma, tal error carece de influencia en lo dispositivo del fallo. Aunque se aplicara el criterio más favorable al trabajador, considerando que la presentación de la medida prejudicial probatoria interrumpió el plazo de caducidad del artículo 168, lo cierto es que, una vez cumplida la medida, pasaron más de 60 días hábiles hasta que se presentó la demanda, el 17 de junio de 2022, cuando el plazo vencía el 10 de junio.

22 de enero de 2025

Se configura una cláusula tácita en virtud de la aceptación y pago continuo de bonos de cumplimiento y movilización, pese a que anexo de contrato de trabajo excluya tales ítems.

17 de enero de 2025
Aun cuando efectivamente el juez omitió, al momento de resolver, ponderar el anexo de contrato, lo cierto es que el fundamento de la decisión de acoger la demanda de cobro de prestaciones está dado por la configuración de una cláusula tácita, cuya naturaleza implica que no ha sido contemplada en las estipulaciones escritas del contrato de trabajo o sus anexos, pero que ha sido constantemente aplicada por las partes durante un lapso prolongado, con la aceptación periódica de la misma, configurando así un consentimiento tácito entre ellas, que modifica o complementa los términos contractuales.