Recurso de nulidad

Recurso de nulidad rechazado por Corte de Santiago.

Sólo es posible anular la sentencia por vulneración al principio de razón suficiente si el tribunal determina su convicción sobre la base de criterios manifiestamente arbitrarios o absurdos.

Respecto de la única causal invocada, se aprecia su total falta de fundamentación, dado que no ha señalado la manera en que se habría incurrido en la vulneración del estándar probatorio que exige la ley, que por lo demás no precisa; ni la forma en que se habría infringido el principio de razón suficiente.

13 de septiembre de 2024
Recurso de nulidad acogido.

Abuso sexual es un delito de la misma especie en relación al estupro y violación por lo que corresponde que se condene a una sola pena, y no dos penas, al acusado, resuelve Corte de Temuco.

Debemos recordar que conforme a la opinión tradicional original y generalizada en nuestra doctrina y jurisprudencia, el fundamento soporte del sistema de acumulación jurídica para delitos de una misma especie que prevé el artículo 351 del código procesal penal se encuentra vinculado fuertemente a la idea de humanidad de las penas.

12 de septiembre de 2024
Recurso de nulidad acogido.

Remisión condicional de la pena no lleva aparejada la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, resuelve Corte de Valparaíso.

La aplicación de dicha pena accesoria al caso sublite contradice la finalidad del régimen de sanciones de la ley 18.216, en cuanto estas permiten a un sujeto su cumplimiento en libertad, de tal forma de preservar su arraigo laboral como un factor favorable para la prevención de la reincidencia, elemento que precisamente es tomado en cuenta para la procedencia de estas penas sustitutivas.

5 de septiembre de 2024
Por delito flagrante.

Condena impuesta a acusado de tráfico de drogas en pequeñas cantidades que habría sido observado por cámaras de televigilancia, se confirma por la Corte Suprema.

La defensa acusó que la orden de investigar emitida por el Fiscal estaba caduca, por lo que la detención y la evidencia levantada eran ilegales, tesis desestimada por el máximo Tribunal, que consideró que los funcionarios policiales actuaron según el mandato del artículo 129 del Código Procesal Penal, al observar mediante cámaras de televigilancia la venta de droga por parte del condenado y otro coimputado.

20 de agosto de 2024
Páginade 101