Recurso de nulidad

Robo en lugar habitado.

Existe robo con fuerza en las cosas en lugar destinado a la habitación, si el agente ingresó a un domicilio que no obstante su destino como vivienda, se encontraba temporalmente desocupado.

Pues existía el riesgo de que el dueño o algún arrendatario arribara al predio y fueran expuestos al peligro, al encontrar al encartado en plena faena delictual. El acusado es condenado a más de siete años de cárcel por robar una orilladora y una cortadora de pasto en San Fernando.

14 de agosto de 2024
Recurso de nulidad acogido, juicio debe celebrarse nuevamente.

Ausencia de indicios y de delito flagrante torna ilegal toda la prueba incriminatoria levantada por Carabineros.

El agente aprehensor ingresó “por accidente” al domicilio del acusado, sin poder demostrar posteriormente la existencia de la supuesta arma de fuego que motivó el operativo, por ende, toda la prueba reunida para condenar al recurrente es ilegal y no debe ser considerada en el nuevo juicio en su contra.

11 de agosto de 2024
Corte de Antofagasta rechaza recurso nulidad, con voto en contra.

Tutela de derechos fundamentales interpuesta por ex Cabo 1º de Carabineros desvinculado de la institución policial se acoge al concluirse que fue discriminado por motivos de salud.

La baja del actor emana de la autoridad competente, se funda en el informe de la Comisión Médica Central de Carabineros, que examinó al actor, y concluyó en forma técnica que su salud no es compatible con la función a cumplir, por lo que su desvinculación no es discriminatoria, señala el voto en contra.

10 de agosto de 2024
Recurso de nulidad rechazado.

Estacionamiento aledaño a un block de departamentos no es un “estacionamiento de un condominio privado” para efectos del ingreso de Carabineros

El acusado fue sorprendido bebiendo alcohol junto a los ocupantes de un vehículo, momento en que fue controlado por los agentes en virtud de la Ley Nº18.290, y al no exhibir la documentación requerida, el control se tornó en investigativo, resultando en el hallazgo al interior del móvil de diversas dosis de marihuana listas para la venta, y municiones sin la debida autorización.

7 de agosto de 2024
Recurso de nulidad acogido por Corte de Talca.

No se acreditó el elemento subjetivo del tipo penal del delito de receptación, es decir, que el acusado haya conocido o no haya podido menos que conocer el origen ilícito del vehículo, por lo que sentencia condenatoria es nula.

Además, el precio del vehículo, si bien fue bajo al del mercado, ello se explica porque le afectaba una prenda; y si el acusado tuvo contacto con un intermediario, y no con el propietario, fue porque es común en ese tipo de mercado, y sostener lo contrario importa una infracción al principio de las máximas de la experiencia.

30 de julio de 2024
Nulidad de la resolución de primera instancia.

Corte Suprema anuló devolución de tierras del ejército a comunidad mapuche de Bariloche.

Como el terreno es parte de un predio mayor que administra el Ejército, hoy quien reclama el terreno para uso propio es el Ejército que se estableció allí en 1930. “Pero la comunidad ya habitaba el lugar cuando el Ejército se instaló en la zona”, destaca la doctora en antropología e investigadora en temáticas de pueblos originarios, Laura Kropff.

28 de julio de 2024
Recurso de nulidad rechazado.

Si se impone una pena mayor a la solicitada por el Ministerio Público no se vulnera el principio de congruencia, resuelve Corte de Iquique.

La pena que se pide en la acusación, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 259 letra g) del Código Procesal Penal, resulta por completo ajena a los hechos y circunstancias de la acusación y, como tal, no puede ser vinculante para los jueces llamados a conocer del asunto, toda vez que en dicha tarea se aplica el principio “iura novit curia”, esto es, el derecho lo dice el juez.”

25 de julio de 2024
Recurso de nulidad acogido.

Corte Suprema da por cumplida condena impuesta a acusado, al considerar como abono el tiempo que permaneció cumpliendo la cautelar de arresto domiciliario nocturno.

El máximo Tribunal estimó que la aplicación de la regla del artículo 348 del Código Procesal Penal, permite conmutar el tiempo de privación nocturno de libertad, por 12 horas de un día completo. Así, el imputado cumplió en exceso la pena principal con el tiempo efectivamente abonado por dicha medida cautelar.

24 de julio de 2024
Páginade 101