Recurso de nulidad

No existe gestión pendiente.

Requerimiento de inaplicabilidad de norma que sanciona la falta de comparecencia del recurrente de nulidad a la audiencia con el abandono del recurso, se declara derechamente inadmisible por el Tribunal Constitucional.

La requirente alegó que el precepto impugnado vulnera expresamente la garantía constitucional del debido proceso y el principio de inexcusabilidad, en cuanto establece que la falta de comparecencia de uno o más recurrentes del recurso de nulidad a la audiencia dará lugar a que se declare el abandono del recurso respecto de los ausentes.

24 de enero de 2025
Recurso de nulidad laboral rechazado.

Trabajador que provocó descarga de batería de ambulancia al dejar las luces encendidas, no incurre en incumplimiento grave de sus obligaciones que justifique el despido.

Se consideró la ausencia de daño ocasionado por el incumplimiento, la existencia de otros medios materiales que disminuyan la posibilidad de concreción de la puesta en riesgo alegada por el empleador, y la falta de proporcionalidad del despido frente a la falta y la conducta del trabajador, circunstancias que llevaron a descartar el elemento de gravedad requerido por el artículo 160 N° 7 del Código del Trabajo, esto es, una magnitud que quiebre irremediablemente la confianza del empleador e impida, en tales condiciones, la continuación de la relación laboral.

24 de enero de 2025
Recurso de nulidad laboral rechazado.

Recurso de nulidad se funda en la causal de infracción de ley, y la norma supuestamente infringida se contiene en un decreto supremo, por lo que no se configura la causal invocada.

La causal de la segunda parte del inciso primero del artículo 477 supone que la infracción en que incurre la sentencia se ha producido respecto de un precepto de rango legal, y en el caso sub lite la norma que se denuncia infringida es una contenida en un Decreto Supremo, que no tiene la naturaleza antes indicada, sino que constituye un acto administrativo. Por consiguiente, en estricto rigor no se configura el supuesto de la causal invocada y ello justifica el rechazo del recurso.

23 de enero de 2025
Recurso de nulidad rechazado por Corte de Valparaíso.

Impugnación cuestiona la constitucionalidad de la normativa aplicable y no los errores o infracciones en su aplicación, lo que no es motivo de nulidad penal.

La causal de infracción de ley que se invoca como motivo anulatorio, tiene por objeto fijar el recto sentido u alcance de las normas que se dicen afectadas, ya sea porque se desatienden en un caso previsto por ellas; como cuando en su interpretación el juez contraviene fundamentalmente su texto; o cuando les da un alcance distinto, ya sea ampliando o restringiendo sus disposiciones.

23 de enero de 2025
Recurso de nulidad laboral acogido por Corte de Santiago.

Sentencia que aplicó recargo del 30% sobre indemnización convencional en caso de despido injustificado incurre en infracción de ley al no corresponder a la base de cálculo acordada por las partes en el convenio colectivo.

El juez incurrió en infracción de ley al aplicar e interpretar erróneamente los artículos 5, 168, 163 del Código del Trabajo y 1545 y 1546 del Código Civil, por cuanto condenó a la demandada a pagar un monto superior al que procedía, dado que se aplicó un recargo del 30% sobre una suma que no se corresponde a la base de cálculo prevista en la normativa particular que se dieron las partes, contenida en los respectivos Convenios Colectivos acordados con los Sindicatos.

21 de enero de 2025
Recurso de nulidad rechazado.

Negativa a otorgar penas sustitutivas a condenado debe impugnarse por la vía de un recurso de apelación y no mediante un recurso de nulidad, resuelve Corte de Punta Arenas.

La sentencia de reemplazo sólo procede si la causal de nulidad no se refiriere a formalidades del juicio ni a los hechos y circunstancias que se hubieren dado por probados. Únicamente cuando el fallo hubiere: a) calificado de delito un hecho que la ley no considerare tal, b) aplicado una pena cuando no procediere aplicar pena alguna, o c) impuesto una superior a la que legalmente correspondiere.

20 de enero de 2025
Recurso de nulidad acogido por Corte de Coyhaique.

Imputado recibió transferencias de dinero a su cuenta provenientes de la víctima sin que existiera relación causal, comercial o contractual que justificara los movimientos, por lo que no se lo puede absolver por el delito de estafa residual.

Llama la atención de este Tribunal el silencio guardado por el imputado en el presente juicio, en atención a que las máximas de la experiencia nos indican que la norma general es que el inocente proclame su inocencia a viva voz y hacia todos los puntos cardinales.

20 de enero de 2025
Recurso de nulidad rechazado por Corte de Valparaíso.

Invalidación de acto administrativo inicial no configura una conducta injusta o caprichosa que permita imputar el delito de prevaricación administrativa si tiene respaldo técnico.

La querellante discrepa del mérito de la valoración de la prueba efectuado por el tribunal del grado, circunstancia que es privativa de los jueces de fondo, escapando al control que puede ser efectuado por medio del recurso de nulidad, sin un ejercicio idóneo para un contexto de apelación.

20 de enero de 2025
Recurso de nulidad rechazado por Corte de Temuco.

Cada acto afecta de manera independiente la indemnidad sexual de la víctima, por lo que se trata de un delito reiterado y no continuado al no haber unidad de dolo.

No resulta posible considerar su calificación como un delito continuado. Como plantea el profesor Francisco Maldonado Fuentes lo relevante apunta a contar con elementos de juicio que permitan afirmar que la realización del conjunto de dichos supuestos admite ser interpretada como una sola lesión o, mejor dicho, como una sola infracción.

19 de enero de 2025
Recurso de nulidad acogido con voto en contra por Corte de Valparaíso.

El principio de congruencia procesal exige que la sentencia se limite a los hechos descritos en la acusación para garantizar al imputado el conocimiento claro de los hechos que se le imputan y resguardar su derecho de defensa.

El principio de congruencia procesal no exige una identidad estricta o literal entre la acusación y la sentencia, sino que garantiza que el acusado entienda los hechos que se le imputan y pueda ejercer su defensa de manera adecuada, refiere el voto en contra.

17 de enero de 2025
Páginade 101