Recurso de protección acogido en alzada

Recurso de protección acogido por la Corte Suprema.

Servicio Nacional de Migraciones debe dictar protocolo para adecuar a la normativa la atención de extranjeros que deseen solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado.

Es necesario un protocolo para corregir la interpretación errónea del Servicio sobre la recepción de solicitudes de refugio de extranjeros que ingresaron irregularmente, ya que su actual práctica afecta derechos fundamentales y ha provocado una judicialización masiva. El protocolo debe regular la entrega y recepción de formularios conforme a la normativa vigente, asegurando que se cumplan los requisitos legales, incluyendo la comparecencia ante la PDI, en cumplimiento de las funciones establecidas en la Ley N° 21.325.

1 de diciembre de 2024
Fallo confirmado por la Corte Suprema.

Alta médica de paciente con trastorno límite de personalidad y riesgo vital debido a intentos suicidas afecta su derecho a la vida e integridad psíquica, resuelve la Corte de Santiago.

Resolvió que, tras evaluar los informes médicos que acreditan la grave condición psiquiátrica de la paciente, se debe garantizar la continuidad de su tratamiento multidisciplinario, incluyendo terapia cognitivo-conductual, dado que su estado de salud mental representa un riesgo vital. La Corte alude a la obligación de los establecimientos de salud de proporcionar la atención necesaria conforme a la Ley N° 21.621, y ordenó que se coordinen los traslados y derivaciones pertinentes para asegurar su tratamiento, protegiendo así su derecho a la vida e integridad psíquica.

30 de noviembre de 2024
Recurso de protección acogido por la Corte Suprema.

Demora injustificada en resolver solicitud de permanencia definitiva de ciudadana venezolana, vulnera la garantía de igualdad ante la ley, resuelve la Corte Suprema.

Determinó que la actuación de la recurrida generó una discriminación respecto de otros solicitantes en situación jurídica similar, quienes obtuvieron una respuesta formal y fundamentada dentro del plazo estipulado. Se ordenó al Servicio Nacional de Migraciones emitir pronunciamiento respecto de la solicitud de la recurrente dentro del plazo de 60 días corridos a contar de la notificación de la sentencia.

20 de noviembre de 2024
Recurso de protección acogido por la Corte Suprema.

SERVIU incurre en arbitrariedad al no requerir antecedentes para verificar la legalidad de exclusión de beneficiarias al subsidio habitacional, resuelve la Corte Suprema.

El servicio recurrido incurrió en una actuación arbitraria al abstenerse de verificar adecuadamente la validez del proceso de exclusión, limitándose a revisar documentos insuficientes ante los reclamos sobre la legalidad del procedimiento, lo que vulneró el derecho a la igualdad ante la ley de las recurrentes.

8 de noviembre de 2024
Recurso de protección acogido por la Corte Suprema.

Tesorería no puede compensar deuda por crédito CAE con una indemnización laboral de la que el contribuyente es acreedor, resuelve la Corte Suprema.

Resolvió que la recurrida, al aplicar indebidamente la compensación, vulneró el derecho del recurrente a percibir sus remuneraciones y feriado proporcional que obtuvo con ocasión de una sentencia laboral favorable, ya que dicha compensación no es aplicable a créditos no tributarios como los derivados del Crédito con Garantía Estatal.

7 de noviembre de 2024
Igualdad ante la ley vulnerada.

Servicio Nacional de Migraciones debe pronunciarse en el plazo de 60 días hábiles respecto de solicitud de nacionalización del actor, luego de más de 1 año de inactividad.

Resolvió que la demora injustificada del servicio recurrido en el trámite de la solicitud vulnera los principios de celeridad, inexcusabilidad y economía procedimental, afectando además el derecho a la igualdad ante la ley del recurrente al imponer una discriminación arbitraria en comparación con otros solicitantes en situación jurídica similar.

7 de noviembre de 2024
Recurso de protección acogido por la Corte Suprema.

Negativa del IPS a otorgar pensión a cotizante que pagó sus cotizaciones durante más de 27 años vulnera su derecho a la igualdad ante la ley y el principio de confianza legítima.

La Corte resolvió que, a pesar de la alegación del Instituto de Previsión Social sobre la imposibilidad de aceptar la solicitud de jubilación del recurrente bajo el régimen de CAPREMER, esta situación se originó por un error administrativo del mismo organismo, que durante más de 20 años aceptó las cotizaciones del recurrente al antiguo régimen.

30 de octubre de 2024