Servicio Nacional de Migraciones debe dictar protocolo para adecuar a la normativa la atención de extranjeros que deseen solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado.
Es necesario un protocolo para corregir la interpretación errónea del Servicio sobre la recepción de solicitudes de refugio de extranjeros que ingresaron irregularmente, ya que su actual práctica afecta derechos fundamentales y ha provocado una judicialización masiva. El protocolo debe regular la entrega y recepción de formularios conforme a la normativa vigente, asegurando que se cumplan los requisitos legales, incluyendo la comparecencia ante la PDI, en cumplimiento de las funciones establecidas en la Ley N° 21.325.