Tesorería no puede compensar deudas tributarias con una indemnización laboral de la que el contribuyente es acreedor, resuelve la Corte Suprema.
Resolvió que la compensación no procede respecto de la remuneración que, por su carácter alimentario, es un bien esencial que debe protegerse para asegurar la subsistencia del trabajador, especialmente, cuando éste se ha visto privado de ella por un tiempo prolongado debido a la acción de su empleador.