Recurso de protección acogido

Recurso de protección acogido.

Dilación excesiva de sumario administrativo vulnera la garantía de igualdad ante la ley, al extenderse más de 2 años sin resolución.

La dilación en el pronunciamiento de la resolución final del sumario debe ser calificada de ilegal por infracción a las normas de la Ley N°19.880, además de vulneradora de la garantía de igualdad ante la ley, en tanto importa una discriminación en contra de la recurrente en relación con el trato dispensado a otros interesados que, en situación jurídica equivalente, han podido tramitar debidamente sus solicitudes con una respuesta formal y oportuna en la que se contengan las razones conforme a las cuales la autoridad ha adoptado la decisión terminal pertinente.

21 de febrero de 2025
Recurso de protección acogido.

Ruidos molestos provenientes de Iglesia Evangélica afectan el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, resuelve la Corte de Santiago.

Se ordenó a la iglesia recurrida abstenerse en lo sucesivo de emitir ruidos cuyo volumen exceda los máximos permitidos para la zona en la que se emplaza su templo, atendido que sus emisiones sonoras, al menos en algunas ocasiones, han sobrepasado de los límites legalmente admisibles; perturbando con ello a la actora el legítimo ejercicio de su derecho al libre desenvolvimiento de su vida privada, por implicar una injerencia arbitraria en su intimidad personal y familiar; a lo que se suma una evidente afectación a su derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.

19 de febrero de 2025
Recurso de protección acogido.

Negativa del Registro Civil de excluir de la posesión efectiva a heredero que falleció antes de la apertura de la sucesión es ilegal, resuelve la Corte de Santiago.

La omisión resulta ilegal, desde que el órgano requerido pudiendo haber llevado a cabo la rectificación de un error fáctico manifiesto y, en el cual no tuvo intervención alguna la parte recurrente, ya que se verificó por una equivocación en el estudio y análisis de la documentación acompañada por la sucesión de la causante ante el ente recurrido, se negó a rectificar tal yerro, en circunstancias que tenía la competencia para disponerlo.

19 de febrero de 2025
Fallo confirmado por Corte Suprema.

Medicamento RISDIPLAM debe ser suministrado a paciente que padece Atrofia Muscular Espinal, por ser indispensable para su sobrevivencia.

La decisión de no proporcionar la terapia con el medicamento RISDIPLAM, aparece como arbitraria y amenaza la garantía del artículo 19 N°1 de la Constitución, toda vez que, se ha negado el acceso a una terapia farmacológica con un medicamento necesario para su sobrevivencia e integridad física y psíquica, considerando que la AME tipo 3 que sufre, es una enfermedad que, a falta del RISDIPLAM, le conduciría a la muerte en un espacio relativamente breve de tiempo, a raíz de un colapso de su sistema respiratorio, debido a la degeneración muscular progresiva que produce, en circunstancias que la administración de la droga ha sido prescrita como aquella necesaria para el tratamiento de la actora por el facultativo que emitió el diagnóstico médico de su padecimiento.

16 de febrero de 2025
Fallo confirmado por Corte Suprema.

Suspensión impuesta a estudiante universitaria es arbitraria, al vulnerarse las garantías del debido proceso en la investigación por agresión a una compañera.

El procedimiento sancionatorio que suspendió por un semestre de la carrera universitaria a la recurrente, la inhabilitó temporalmente para realizar ayudantías o tutorías y parcialmente para recibir beneficios económicos otorgados por la recurrida, faltó a principios básicos del debido proceso, como es, que no se respetara su derecho a defensa, presentar descargos y rendir prueba respecto de los hechos que se le imputan; como asimismo que las resoluciones que impone la sanción y la que la confirma tuviesen la fundamentación necesaria que permita dar cuenta que los hechos que se dieron por establecidos merecen la severa sanción aplicada.

15 de febrero de 2025
Fallo confirmado por Corte Suprema.

Alteración de deslindes de un predio mediante vías de hecho constituye un acto ilegal y arbitrario.

Es un hecho no controvertido que el recurrido ha modificado los deslindes por su propia mano, aun cuando tenga los derechos que ha alegado, las vías de hecho han modificado el estatus quo entre las partes, no siendo la vía correcta, debiendo el recurrido ejercer las acciones legales pertinentes, ya que la alteración por vías de hecho es un supuesto suficiente para hacer procedente la tutela cautelar de urgencia que implica la acción de protección.

15 de febrero de 2025
Fallo confirmado por Corte Suprema, con voto en contra.

Decisión de no renovar patente de alcoholes es arbitraria e ilegal, al no cumplir con el deber de motivación de los actos administrativos.

La decisión de la recurrida de no renovar las patentes de alcoholes de la recurrente no se ajusta al deber de motivación de los actos administrativos que prescribe la Ley N°19.880, por cuanto la fundamentación contenida en la resolución aparece como vaga, genérica, y por ello arbitraria al tenor de las normas legales, por lo que además deviene en ilegal.

11 de febrero de 2025
Fallo confirmado por Corte Suprema.

Suspensión del suministro de agua potable a inmueble por deuda de gastos comunes del anterior propietario constituye un acto de autotutela ilícito, que impide el acceso a un bien esencial para la vida.

La intervención del suministro de agua potable en el domicilio de la recurrente, en atención a que ésta registraría deudas por concepto de gastos comunitarios imputables al anterior dueño de la parcela desde el año 2017, constituye un acto arbitrario e ilegal, toda vez que, se impide a la actora y a su grupo familiar, acceder a un nutriente esencial para la vida, mediante el ejercicio de actos de auto tutela proscritos por nuestro ordenamiento jurídico, afectando la garantía contemplada en el numeral 1° del artículo 19 de nuestra Carta Fundamental.

8 de febrero de 2025
Recurso de protección acogido.

Impedir a estudiante universitario rendir examen de titulación fundado en la existencia de una deuda es un acto ilegal y discriminatorio.

El actuar de la recurrida debe ser calificado como un acto ilegal que vulnera el derecho constitucional de igualdad ante la ley, al imponer requerimientos que, siendo ilegales, se tornan discriminatorios. Tal actuar afecta la garantía de la igualdad ante la ley contemplada en el artículo 19 Nº 2 de la Constitución, toda vez que ha dado al actor una diferencia de trato en relación con otros estudiantes que se encuentran en la misma condición, impidiéndole ilegítimamente completar su proceso de titulación.

7 de febrero de 2025