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La actora denuncia que la atención médica recibida por su madre fue inadecuada, y que los especialistas no tomaron las medidas necesarias para su tratamiento, poniendo en riesgo la vida de la paciente.
La actora denuncia que la atención médica recibida por su madre fue inadecuada, y que los especialistas no tomaron las medidas necesarias para su tratamiento, poniendo en riesgo la vida de la paciente.
En su libelo alega que la recurrida procedió a cortar el suministro de agua sin aviso previo ni fundamento legal, vulnerando sus garantías constitucionales.
El recurrente denunció que no fue notificado previamente sobre el descuento de su salario y que no recibió información sobre la fuente ni los cálculos que justifican el monto retenido.
La recurrente denuncia una situación de desprotección en la que no se garantizó un ambiente de aprendizaje adecuado ni el respeto a sus derechos como practicante.
Alega la vulneración de su derecho de propiedad. Sostiene que no ha sido emplazado en ningún procedimiento expropiatorio ni tampoco ha celebrado convención alguna con el municipio para su venta, permuta o servidumbre de ninguna índole, que le habilite al municipio para decretar que tiene que reducir la superficie de su inmueble.
La acción constitucional busca que se resuelvan las condiciones indignas y peligrosas a las que están sometidos tanto trabajadores como usuarios del CESFAM Patricio Hevia, y que se garantice un entorno de trabajo y una atención que sean dignos y seguros.