Eliminación de antecedentes penales del Registro Nacional de Conductores solo procede si se han eliminado previamente del Registro General de Condenas, resuelve la Corte de Santiago.
Sostuvo que la legislación no contempla la posibilidad de omisión de antecedentes penales en el registro de conductor, quedando supeditada la eliminación de tal registro a la supresión de las anotaciones prontuariales, hipótesis de hecho diversa a la que plantea el recurrente.