Recurso de protección no es la vía adecuada para impugnar la decisión de no renovar la patente de alcoholes, resuelve la Corte de Santiago.
Señaló que el recurso de protección no debe ser utilizado como un medio para sustituir otros mecanismos legales establecidos para resolver conflictos, y que la Ley N°18.695 contempla un procedimiento especial de reclamación contra actos municipales, siendo esta la vía idónea para abordar las disputas relacionadas con la patente de alcoholes.