Impedir el acceso a los estacionamientos de un departamento declarado como bien familiar es un acto ilegal y arbitrario.
No corresponde a la administración recurrida determinar el sentido y alcance de la declaración de bien familiar y si fue o no intención del cónyuge de la recurrente incluir en el acuerdo todos los inmuebles que amparan la inscripción sino solamente la dependencia correspondiente al departamento en sí. Ello es una cuestión que debe ser aclarada ante el Juzgado respectivo, pues el hecho es que en el Conservador la declaración de bien familiar aparece amparando también la bodega y los estacionamientos.