Corte Suprema confirma pago de lucro cesante de trabajador de empresa de transportes
El máximo Tribunal confirmó la sentencia que estableció el pago del trabajador.
El máximo Tribunal confirmó la sentencia que estableció el pago del trabajador.
El máximo Tribunal consideró que no corresponde descuento del aporte desde la indemnización por años de servicios.
El máximo Tribunal consideró que no existen sentencias de contraste para acoger el recurso.
El máximo Tribunal estableció la nulidad del despido por pago de cotizaciones previsionales inferiores al monto legal.
El máximo Tribunal confirmó la sentencia recurrida, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que rechazó recurso de nulidad.
El máximo Tribunal rechazó recurso, al no existir sentencias contradictorias en la materia.
El máximo Tribunal estableció que corresponde al Fisco asumir solidariamente el pago de las prestaciones adeudadas.
La JUNJI deberá responder solidariamente de las prestaciones e indemnizaciones en los mismos términos que la demandada principal.
La decisión fue acordada con el voto en contra de la Ministra Chevesich, quien fue de opinión de rechazar el recurso de unificación de jurisprudencia.
La decisión fue acordada con el voto en contra de la Ministra Chevesich y del abogado integrante Pallavicini, quienes fueron de la opinión de rechazar el recurso de unificación de jurisprudencia.