Para ordenar el pago de cotizaciones previsionales a consecuencia de la declaración de existencia de relación laboral del funcionario ya pensionado que estaba contratado a honorarios, es necesario que haya manifestado oportunamente su intención de cotizar.
La demandante se pensionó antes de ingresar a trabajar para el demandado y en ningún momento manifestó su intención de cotizar ni señaló el sistema previsional que recibiría la pensión.