Redes sociales

Recurso de protección rechazado.

Publicaciones que se estiman agraviantes no constan en las redes sociales por lo que al desaparecer el agravio no hay medida cautelar que se pueda adoptar para reestablecer el imperio del derecho.

Respecto de la petición de disculpas públicas, en el proceso no se observa ningún antecedente que permita acreditar que los recurridos crearon o administraron el perfil de Instagram, o que realizaron las publicaciones en descrédito de la recurrente que esta alega.

30 de enero de 2023
Derecho a la intimidad y a la propia imagen.

La rabia tras descubrirse una infidelidad no justifica la divulgación de fotografías íntimas de la amante, pues ello vulnera su intimidad y su esfera personal, resuelve la Corte Constitucional de Colombia.

La imagen, al contener los rasgos y características externas que conforman la fisionomía de una persona, es un dato que la identifica, más que otros signos externos, en su concreta individualidad. Esta identificación es mayor cuando se trata de imágenes íntimas, en las cuales la persona aparece sin ropa o con ropa interior.

28 de enero de 2023
Corte Constitucional de Colombia.

Madre que vinculó imágenes de su hijo a sus redes sociales debe priorizar la voluntad del menor y valorar los riesgos de publicar fotos en los que éste aparezca en Instagram y Tik Tok.

Es importante que los progenitores al momento de hacer publicaciones que involucren datos de sus hijos, valoren el interés superior de los niños de cara a los riesgos particulares que genera la exposición de sus datos en entornos virtuales, dando prevalencia a la manifestación de su voluntad, en atención a su edad y madurez.

6 de enero de 2023
Leyes 18.834 y 19.880.

Audios, capturas de conversaciones, mensajes e imágenes enviados o recibidos en plataformas de mensajería instantánea o redes sociales, pueden utilizarse como medios de prueba en los sumarios administrativos independiente del Estatuto que rija al funcionario investigado.

Dictamina el Contralor que en la medida que uno de los intervinientes de la recepción, envío o conversación los entregue voluntariamente en un proceso sumarial con dicha finalidad, y pueda acreditarse que se refieren o dicen relación con la presunta víctima o el presunto victimario se deben valorar como medios de prueba en sumarios administrativos.

16 de diciembre de 2022
Recurso de protección rechazado.

Acusaciones publicadas en Instagram contra un estudiante universitario no vulneran el derecho a la honra si fueron vertidas en una cuenta privada a la que tiene acceso un número determinado de personas.

La Corte da cuenta que el perfil denunciado “tiene como destinatarias sólo a sus 130 integrantes, todas estudiantes mujeres, con el fin de poder realizar catarsis de situaciones vividas por ellas, en un contexto de dominación de lo masculino por sobre lo femenino, y advertir asimismo de conductas atentatorias a sus derechos y generar un ambiente de conexión sonora”.

25 de noviembre de 2022
Páginade 18